Una pareja sorda de Cantabria, facultada en los juzgados para adoptar a un niño oyente

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El pasado jueves 15 fue, con seguridad, uno de los días más felices de una pareja sorda de Cantabria. Ese día, la Audiencia de su comunidad confirmaba la sentencia de la juez Marta Solana, titular del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Santander, que consideraba adecuado que pudieran adoptar un niño oyente de 0 a 1 años.

Así, se desestimaba el recurso presentado por el Instituto Cántabro de Servicios Sociales que negaba la capacidad de esa pareja para educar a un niño adoptado. La juez señaló que los menores se desarrollan “con normalidad” aunque sus tutores no puedan oír y que sus limitaciones físicas “no interfieren en el desarrollo personal” del adoptado por tener solo meses de vida.

La juez Solana, valiéndose de dos informes de una psicóloga clínica y de un intérprete de signos hijo de padres sordos, considera probado que los menores adoptados a una edad temprana por padres no oyentes adquieren “de forma natural” bilingüismo en la lengua oral y en la de signos, además de que “gozan de una mayor estimulación y, como consecuencia, su capacidad viso-espacial resulta superior a la media”. Es más, se asegura que “el bilingüismo bajo ninguna óptica puede considerarse como una limitación, sino como una fuente de riqueza personal que permitirá al adoptante participar de las aportaciones de las dos comunidades, la sorda y la oyente, obligadas a relacionarse”.

Tras conocerse la sentencia, la Federación de Asociaciones de Personas Sordas de Cantabria (FESCAN) y la Confederación Estatal de Personas Sordas (CNSE) han manifestado su conformidad y la han valorado como “satisfactoria” y “de sentido común” y que es “un paso más para avanzar hacia la plena igualdad de oportunidades”.

El informativo territorial Telecantabria recoge la noticia:

http://www.rtve.es/alacarta/videos/telecantabria/telecantabria-16-01-15/2953907/

Oscar Cabrera